sábado, 30 de agosto de 2014

Comisiones de Trabajo Conjunto

Estudiantes responsables:


  • Comisión para INNOVA: Rodrigo Monti

  • Comisión para Noche de los Museos: Yanina Kan

  • Comisión para Difusión de la carrera: Aurora Saavedra Altuna

  • Comisión para Actualización del Blog: Andrés Paul

  • Comisión para Actualización de Facebook: Sabrina Gessaga

  • Comisión para Acondicionamiento del Taller: Verónica Foos

  • Comisión para Publicaciones Didácticas: Fernanda Monti y Rodrigo Monti

  • Comisión para Administración de Aportes: Claudia Schettini

Gracias!!! Comunidad Educativa del P.E.T.

La Junta Electoral convoca a elecciones (período 2014-2018)

Buenos Aires, 29 de agosto de 2014

A la comunidad educativa del I. E.S. N° 2:

De acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo en su reunión del 20/08/2014, y constituida la Junta Electoral, se convoca a elecciones de:

a) Rector y Vicerrector (Período: 23/11/2014 al 22/11/2018);

b) Consejo Directivo:
5 (cinco) representantes titulares por el claustro de Docentes, y 5 (cinco) suplentes;
1 (un) representante titular por el claustro de Graduados, y 1 (un) suplente;
4 (cuatro) representantes titulares por el claustro de Estudiantes; y 4 (cuatro) suplentes.

Cronograma
-Elección de la Junta Electoral: 20 de agosto
- Constitución de la Junta Electoral: 29 de agosto
- Confección de padrones: 1 al 12 de septiembre
- Exhibición de padrones: 15 al 19 de septiembre
- Límite de corrección y/ o impugnación de padrones: 26 de septiembre, 21 hs.
- Cierre de presentación de candidatos: 22 de septiembre, 21hs.
- Fecha límite para impugnación de candidatos: 29 de septiembre, 21 hs.
- Oficialización de listas: 3 de octubre
- Publicación de listas oficializadas: 6 de octubre
- Campaña electoral: 7 al 24 de octubre
- Elecciones:28, 29 y 30 de octubre de 2014 de 18.30 a 21

PUEDEN SER CANDIDATOS

Rector y Vicerrector
: ser profesor titular en el Establecimiento; haber ejercido la docencia como mínimo 12 (doce) años, 5 (cinco) al menos en Educación Superior y por lo menos 2 (dos) años en la Institución (art. 8 del Reglamento Orgánico del IES 2). Excepcionalmente pueden presentarse los docentes interinos alcanzados por la Ley Nº 4.563 que cumplan con el resto de los requisitos (RESOL-2014-2114-MEGC). El postulante no debe hallarse en condiciones de obtener su jubilación (Ordenanza nº 40.593 -estatuto del docente municipal- en su título I, capítulo xii "de los ascensos", art. 27). Los postulantes deben presentar un proyecto de gestión institucional, conjuntamente con la fórmula en la que se establezca claramente quién se postula para Rector y quién o quiénes para Vicerrector/es (art. 80).

Claustro de Docentes: ser docente titular del Nivel Superior del Instituto. Podrán también, integrar este claustro los docentes interinos (…) siempre que acrediten una antigüedad no menor a dos (2) años de desempeño en la Institución. El personal docente que desempeña tareas administrativas integra el claustro de Docentes. Las listas deberán incluir al menos un candidato que desempeñe estas funciones (art. 21 y 24).

Claustro de Graduados: ser graduado del Nivel Superior del Instituto, no desempeñarse en el mismo y estar inscripto en el padrón respectivo (art 25).

Claustro de Estudiantes: ser alumno regular (o sea quienes acreditaron una unidad curricular en el último año, conforme el RAM) del Nivel Superior del Instituto con un año de antigüedad en la carrera y haber cursado al menos tres materias en el último año. Las listas de Consejeros Estudiantiles deberán tener representación de más de una de las carreras que se dictan en el Instituto (art. 21 y 26).

QUIÉNES VOTAN

Están habilitados para votar quienes integran los padrones de docentes, graduados y estudiantes.
El Padrón de Docentes está integrado por todos los docentes titulares del Instituto, por el personal administrativo y por el personal docente que desempeñe tareas administrativas. También integrarán el padrón los docentes interinos con dos (2) años de antigüedad como mínimo.
Integran el padrón de estudiantes los alumnos regulares (o sea quienes acreditaron una unidad curricular en el último año: julio 2013/agosto 2014).
Padrón de Graduados: todos los egresados del Instituto que no pertenecen a la planta docente.

El Reglamento Orgánico del Instituto prevé sanciones para quienes no concurran a votar y no puedan justificar debidamente esa omisión:
- apercibimiento (docentes),
- exclusión del padrón (graduados),
- imposibilidad de rendir examen final en el turno de examen siguiente a la fecha del acto electoral (estudiantes)
LA JUNTA ELECTORAL